Tu guía para los trámites de extranjería en España
Simplificamos tus trámites migratorios en España. Contamos con un equipo de expertos que te asesorará en cada paso del proceso.
- Acompañamiento detallado: Ofrecemos guías paso a paso para cada tipo de trámite, en un lenguaje sencillo y fácil de entender.
- Preguntas frecuentes: Incluye una sección de preguntas frecuentes que aborden las dudas más comunes de los migrantes.
- Glosario de términos: Manejamos los términos legales y administrativos relacionados con la inmigración de manera clara y concisa.
- Atención individualizada: Podemos ofrecerte asesoramiento personalizado por parte de profesionales en materia migratoria.
- Citas presenciales o virtuales: Ofrecemos diferentes opciones para que puedas recibir atención, nos adaptamos a tus necesidades y disponibilidad
- Seguimiento del proceso: Garantizamos el seguimiento cercano de cada caso, informándote sobre el avance de tu trámite.
- Reducción de tiempos de espera: Promocionamos la agilización de los trámites gracias a la experiencia y los conocimientos del equipo.
- Minimización de errores: Destacamos la importancia de realizar los trámites de manera correcta a la primera, evitando retrasos y rechazos.
- Gestión de citas en línea: Realizamos las solicitudes de citas y gestionamos tu agenda de manera fácil y rápida.
- Protección de datos personales: Garantizamos la confidencialidad de la información proporcionada por nuestros afiliados migrantes, cumpliendo con la normativa vigente en materia de protección de datos.
- Asesoramiento legal: Informamos sobre los derechos de los migrantes y les aseguramos que recibirán un asesoramiento legal adecuado.
- Garantía de éxito: Comunicamos que el equipo se compromete a hacer todo lo posible para que los trámites se resuelvan de manera favorable.
- Información en varios idiomas: Ofrecemos la información en los idiomas más hablados por la comunidad migrante en tu zona.
- Canales de comunicación diversos: Proporcionamos diferentes canales de contacto (teléfono, correo electrónico, chat en línea) para facilitar la comunicación.
- Horarios flexibles: Adaptamos los horarios de atención a las necesidades de los migrantes, ofreciendo también atención fuera del horario laboral si es posible.
Red Perú cuenta con un amplio equipo de expertos
en asuntos de extranjería e inmigración
Brindamos servicios de asesoramiento, orientación y trámites puntuales y oportunos.
Reagrupación Familiar
Es un proceso que permite traer a tus familiares a vivir contigo en otro país. Este trámite es especialmente importante para aquellos que han emigrado y desean reunirse nuevamente con sus seres queridos. Sin embargo, es importante tener en cuenta que este proceso puede variar dependiendo de la legislación de cada país y los requisitos que se deben cumplir. Por lo tanto, es fundamental informarse adecuadamente y cumplir con todos los trámites necesarios para lograrla.
Si estás más de dos años en España y has trabajado más de 6 meses, ya puedes obtener tu residencia y autorización para trabajar. Sin embargo, si no tienes ese expediente laboral y pasados tres años de estancia en España, se puede conseguir la residencia y autorización para trabajar mediante el Arraigo Social.
Para solicitar un el arraigo laboral debemos acreditar únicamente 2 años de permanencia continuada y previa en España.
REQUISITOS PARA EL ARRAIGO LABORAL
Requisitos del Arraigo Laboral
No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al retornar voluntariamente a su país de origen.
Haber permanecido con carácter continuado en España durante un periodo mínimo de dos años. Se entiende permanencia continuada si las ausencias no han superado los 90 días en los dos últimos años.
Poder demostrar la existencia de relaciones laborales cuya duración no sea inferior a seis meses.
Acreditar que hemos trabajado durante al menos 6 meses
Dentro de ese periodo de dos años es necesario que hayamos trabajado al menos 6 meses.
Además, es fundamental que la relación laboral haya tenido cierta importancia. Es decir, se debe acreditar:
Que hemos trabajado por cuenta ajena con un contrato o contratos que supongan una actividad laboral de 30 horas a la semana o de 15 horas semanales en un periodo de 12 meses.
O bien que hemos trabajado por cuenta propia durante 6 meses de forma continuada.
Solicitar el Arraigo Laboral
La reforma del reglamento de Extranjería entró en vigor el 16 de agosto de 2022 por lo que a día de hoy es posible ya hacer este tipo de solicitud sin ningún problema.
¿Dónde se solicita el Arraigo Laboral?
Como cualquier otra autorización de residencia y trabajo en España se tramita en la Oficina de Extranjería de tu ciudad, es decir, donde tengas fijado tu domicilio, y la que te corresponda por tu empadronamiento.
Tramitar el Arraigo Laboral
Gestionar tu cita en la Oficina de Extranjería correspondiente y entregar en persona toda la documentación. Si cuentas con CERTIFICADO ELECTRONICO lo puedes hacer vía online.
El arraigo social es un proceso de regularización de todas aquellas personas que nunca han tenido un permiso de residencia en España, o si lo han tenido, lo han perdido y han quedado de forma irregular en nuestro país.
Tiempo de permanencia en España
Para poder solicitar el Arraigo Social, es muy importante que cumplas previamente con el tiempo de permanencia exigido en España.
Para acceder a la autorización de residencia por circunstancias excepcionales, ARRAIGO SOCIAL, es obligatorio permanecer en España mínimo tres (3) años continuos, al momento de la solicitud. En caso contrario se deniega la solicitud. Se entiende por continuado,no tener salidas fuera de España por 120 días dentro de los tres años
Empadronado durante 3 años
No es obligatorio que hayas estado empadronado tres años previos a tu solicitud. Se puede acreditar a través de cualquier medio de prueba, y no únicamente a través del empadronamiento. Simplemente debes localizar documentación adicional, a través de la cual puedas acreditar que has permanecido en España. Es muy importante que junto con tu solicitud, aportes toda la documentación que dispongas, sobre tu permanencia en España. En este sentido, puedes aportar tanto documentación pública como documentación privada. Puedes aportar, certificado médico, facturas, envíos de dinero, cuenta bancaria, etc.
Aquí es recomendable aportar toda la documentación que dispongas, para que la Oficina de Extranjería pueda comprobar así que tu permanencia ha sido continuada en España durante los 3 años previos a la solicitud.
No tener Antecedentes Penales
Para poder acreditar este requisito, deberás aportar el Certificado de Antecedente Penal expedido por las Autoridades del país o países en los que hayas residido durante los cinco años anteriores a la entrada a España. En cuanto a los antecedentes penales en España, la Oficina de Extranjería correspondiente consultará de forma interna estos datos.
Contrato de trabajo
Contar con un contrato de trabajo firmado por el trabajador y el empresario que garantice al menos un mínimo de 30 horas, el salario mínimo interprofesional o el salario establecido, en su caso, en el convenio colectivo aplicable, en el momento de la solicitud, y cuya suma debe representar una jornada semanal no inferior a treinta horas en el cómputo global y garantizar al menos el salario mínimo interprofesional.
El contrato podrá tener una duración de mínimo 20 horas en los casos que se acredite tener a cargo menores o personas que precisen medidas de apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica. Podrá presentarse más de un contrato de trabajo en los siguientes supuestos:
1.º En el caso del sector agrario, cabrá la presentación de dos o más contratos, con distintos empleadores y concatenados, cada uno de ellos.
2.º En el caso de desarrollo de actividades en una misma o distinta ocupación, trabajando parcialmente y de manera simultánea para más de un empleador, se admitirá la presentación de varios contratos.
Arraigo Social sin contrato de trabajo
¿Puedo solicitar un Arraigo Social sin contrato de trabajo? Sí.
En caso de que no dispongas de una oferta o un contrato de trabajo, podrás presentar un proyecto empresarial, es decir, crear tu propia empresa, o bien aportando recursos económicos propios.
También podrás hacer un arraigo social sin contrato de trabajo, aportando los medios económicos de un familiar, como los medios económicos de tu cónyuge.
Informe de Inserción Social
Otro de los documentos que debemos aportar en nuestra solicitud es el Informe de Inserción Social. Con este informe lo que conseguimos es acreditar la integración en España.
Estos informes se emiten por la Comunidad Autónoma donde vivas.
En caso de que tengas en España familiares directos, y que tengan una residencia legal en nuestro país, no será obligatorio aportar dicho Informe de Inserción Social (siempre que estés solicitando tu Arraigo Social con un contrato de trabajo).
Cómo solicitar el Arraigo Social
Normalmente la Autorización de Residencia por Circunstancias Excepcionales, Arraigo Social, se debe solicitar en la Oficina de Extranjería de tu ciudad, de forma personal y es necesario cita previa.
Además, desde hace ya algunos meses es posible hacer la solicitud del Arraigo Social también a través de internet. En este caso necesitas un CERTIFICADO DIGITAL
Debes tener en cuenta que no podrás presentarlo en cualquier Oficina, debe ser en la que te corresponda por tu domicilio. Es decir, que si vives en Madrid, deberás hacer la presentación de tu Autorización de Residencia por Circunstancias Excepcionales en la Oficina de Extranjería de Madrid.